lunes, 16 de marzo de 2009

INCONSISTENCIAS CONSTITUCIONALES y ACADÉMICAS

Inconsistencias en la Constitución Venezolana

Manuel C. Martínez M.

16 mar. 09

Decimos inconsistencias porque a la CRBV se la viene caracterizando como asexista, pero contradictoriamente su texto es cruzado allá y acullá por voces que inevitablemente terminan convalidando el “sexismo” practicado por la propia Real Academia de la lengua Española en su connotado Diccionario.

Tan así es que los muy apreciados y apreciadas, respectivamente, ministros y “ministras”; los distinguidos y distinguidas, respectivamente, diputados y “diputadas”; los capacitados y capacitadas, respectivamente, fiscales y “fiscalas”; los honrados y honradas, respectivamente, magistrados y “magistradas”; los académicos y académicas, respectivamente, profesores y “profesoras” ; los defensores y defensoras, respectivamente, políticos y “políticas”; los ávidos y ávidas, respectivamente, lectores y “lectoras”; los tercos y tercas, respectivamente, pendejos y “pendejas”; los aprovechados y aprovechadas, respectivamente, educados y “educadas”, y los productivos y productivas, respectivamente, gerentes y “gerentas” de la cosa pública, citan literal, expresa y separadamente los dos sexos de los ciudadanos “y ciudadanas” (sic), en un petulantísimo y antieconómico alarde de respeto a los DD HH de la mujer.

Como allí puede observarse, en el párrafo precedente, las personas de sexo masculino siguen en primer plano, porque así es cómo también aparecen citadas las personas referidas en dicha Constitución, y en el diccionario que nos ocupa.

Toda esa inconsistencia se manifiesta desde el Art. 24 en el cual sólo los reos y las “reas” son susceptibles de retroactividad legal cuando en ello les vaya uno que otro beneficio.

Desde luego, “los capacitados y capacitadas, respectivamente, redactores y redactoras de semejantes inconsistencias se acogieron a normativas gramaticales impuestas por los académicos y académicas” de la referida real Academia Española, respetables personajes que todavía arrastran resabios feudales enquistados en el contemporáneo sistema burgués.

De allí que un paseíto por el DRAE permite reconocer que en éste todos los adjetivos susceptibles de ambos géneros gramaticales sufren de una discriminación “sexista” de irrebatible afirmación. Así es cómo allí nos encontramos con: aaranónico, ca; alto, ta; negro, gra; babilonio, nia; cabalgador, ra; zamorano, na; zapatero, ra.

Ese marcado “generismo” o sexismo gramatical que practican los académicos de la lengua española choca de frente con el rígido orden alfabético que sirve para clasificar todo el paquete de artículos comprendidos dentro de los límites literales propios de la lengua española. Su simetría alfabética sólo es violada por dicho sexismo gramatical.

Y así como algunos denodados y denodadas, respectivamente, funcionarios y funcionarias de esta Administración Pública reforman, enmiendan y proyectan seguir haciéndolo, el texto de la CRBV, asimismo los invitamos a que proyecten una reforma de la gramaticidad sexista que sigue apareciendo en el discurso político venezolano.

Tales funcionarios y funcionarias no terminan de comprender que una cosa es el texto escrito y otra su expresión oral; que, por ejemplo, si escribimos El Salvador, leeremos: Las elecciones “del” Salvador del pasado domingo. Deben comprender que ese asexismo sólo se traduce en cacofonías e improductivas e inconsistentes ataduras gramaticales que no necesariamente impone su texto vigente, a pesar de que literalmente así lo hace.

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